Nace el hub marítimo más importante de la región

La Paloma Hub

Los proyectos de puertos oceánicos situados en la costa oceánica del Uruguay constituyeron una idea y una aspiración nacional, que se ha venido desarrollando desde hace años. Los motivos por los que aún no se han podido concretar los anteriores proyectos han sido varios, entre ellos se pueden destacar: los altos costos de las obras de abrigo sobre el Océano Atlántico, los elevados costos para desarrollar una red de transporte hasta zonas poco comunicadas, la carencia de una red urbana cercana que dote los servicios básicos y mano de obra, así como el conflicto ambiental en zonas sensibles con infraestructuras turísticas.

Este innovador proyecto recoge lo mejor de los anteriores y subsana sus falencias, instalando el puerto oceánico en la costa de Rocha en la Ciudad La Paloma.

El nuevo puerto LA PALOMA HUB (LPH) será un puerto sustentable energética y socialmente, a través del equilibrio entre tres dimensiones principales: la seguridad energética, la equidad social y la mitigación del impacto ambiental y con rigurosos controles y estándares en la operación de los buques. En este sentido está programada la existencia del moderno servicio de COLD IRONING, tecnología ésta que permitirá a los buques conectarse a una fuente de energía sustentable desde tierra y apagar sus motores durante sus recaladas.

El régimen de operación del Puerto Oceánico de La Paloma será el de Puerto Libre y el de las áreas que se incluyen en el Proyecto en tierra, zona industrial y área logística bajo la figura de Zona Franca. Este puerto estará integrado a la región con otros proyectos que serán promovidos, creando un modelo innovador que promueva la investigación de nuevas tecnologías bioclimáticas y energías renovables, incluyendo actividades complementarias como puede ser el turismo y los grandes desarrollos inmobiliarios.

Esta iniciativa tiene como marco general la Concesión de Obra Pública del actual Puerto Pesquero de La Paloma, incorporando una instalación de infraestructura de ampliación del mismo para crear el PUERTO DE LA PALOMA HUB – LPH -, por un término de CINCUENTA (50) años, dentro de lo descrito en el Decreto Ley 15.637 de Concesión de Obra Pública, la ley N° 17.555 art. 19 y 20, el TOCAF, el Decreto 500/91 y otras disposiciones de nivel municipal.

Conocé nuestro proyecto
La Paloma Hub
International Port

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RESUMEN EJECUTIVO DEL
PROYECTO

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Nombre del Proyecto: La Paloma Hub International Port (LPHPORT)

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Área del Proyecto: Más de 200 Has ganadas el Mar en un Puerto Offshore de aguas profundas (20-25 m de calado) en la zona Portuaria de La Paloma, como ampliación del Puerto Público radicado en dicha ciudad del Litoral de Rocha, República Oriental del Uruguay

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Tipo de Contrato: Contrato de Concesión de Uso, promovido bajo el régimen de Iniciativa Privada

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Partes Contratantes: a) Concedente o Contratante: Es la Administración Nacional de Puertos del Uruguay; y b) Concesionario: es la Sociedad Anónima de propósito especial que el adjudicatario de la licitación constituirá para el desarrollo del Proyecto. Inicialmente, la empresa Promotora: CORREDOR LOGÍSTICO MULTIMODAL CLM S.A.

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Ingresos del Contratista: El Contratista percibirá, en contrapartida de las actividades asumidas por su parte, ingresos por los conceptos tradicionales de un Land Lord; estos conceptos se relacionan seguidamente en el texto de la IP.

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Plazo del Contrato: Se ha previsto preliminarmente un plazo inicial de Cincuenta (50) años, extensible ante el cumplimiento de una serie de supuestos a ser previstos en el modelo de negocios de la concesión.

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Remuneración / beneficio para ANP: Se ha previsto para la ANP el pago de un canon por el uso de Tierras y Álveos, a cargo del Concesionario, bajo los términos y condiciones que resulten de los estudios de factibilidad del Proyecto. En principio, no se requerirán pagos, erogaciones presupuestarias o subsidios de especie alguna a la Contratante.

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Objeto del Contrato: El Concesionario actuará en Régimen de Puerto Libre, acorde con la Ley uruguaya, como un “Landlord Port”; esto es, cumplirá los roles de administración y gestión de las Infraestructuras y recinto portuario, tierras y álveos, así como de una zona terrestre de ampliación de la actividad conexa al puerto, en régimen aduanero especial para radicación de actividades industriales y de otra índole, lo cual abarcará:

a. Desarrollo de infraestructuras, infraestructuras, obras e instalaciones de uso común para los usuarios, operadores o terminalistas que se instalen en el recinto portuario; sean de carácter terrestre o marítimo;
b. Actividades de conservación y mantenimiento de dichas infraestructuras, obras e instalaciones;
c. Prestación de servicios de carácter general a los usuarios, operadores o terminalistas;
d. Los servicios portuarios a los usuarios, en materias de operación, carga y descarga, recibo, almacenamiento, posibles actividades de Puerto Libre acordes con la Ley y expedición de cargas, propiamente dichos. Estos servicios y otros que puedan surgir de los contratos de Terminales o Almacenes, serán provistos por los diferentes Operadores/terminalistas bajo contratos con el Land Lord. Consecuentemente con ello, las inversiones para el desarrollo y equipamiento de las terminales previstas, serán de cargo de éstos. Del mismo modo, se contempla la prestación en el Puerto de los servicios que las Autoridades competentes proveen en los puertos nacionales, tales como servicios de Aduana, Migraciones, Policía, Control Bromatológico, Sanidad y Salubridad, Armada/Prefectura, etc. Para estas instalaciones de entidades públicas, el Concesionario proveerá los espacios físicos dentro del recinto portuario que éstas requieran para su funcionamiento, bajo pautas estándares internacionales aplicadas a las necesidades locales.